Cláusula suelo según la Audiencia Provincial de Zaragoza

La cláusula suelo según la Audiencia Provincial de Zaragoza ha sido recientemente matizada pronunciándose al respecto sobre la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo y, en consecuencia, la posibilidad de que los clientes recuperen el dinero pagado de más.

Lo cierto, es que hasta la fecha han existido distintos criterios en función de los cuales las distintas Audiencias Provinciales han resulto las demandas de nulidad de cláusulas suelo, a saber:

  • Juzgados no conceden la retroactividad en caso de nulidad, de manera que el cliente no recupera nada del dinero pagado injustamente por la cláusulas suelo, aunque esta sea declarada nula en coherencia con la postura del Tribunal Supremo en mayo de 2013
  • Juzgados que limitan la retroactividad y la devolución de los intereses hasta el 9 de mayo de 2013 de conformidad con el criterio establecido por el Tribunal Supremo en Setencia 
  • Juzgados que aplican la retroactividad desde el inicio del préstamo, obligando a los bancos a devolver todos los intereses pagados por el cliente sin limitación temporal.

Criterio sobre cláusula suelo según la Audiencia Provincial de Zaragoza a partir de 2015

Sin embargo, el nuevo criterio seguido para resolver sobre la cláusula suelo según la Audiencia Provincial de Zaragoza, ha sido establecido en base al criterio del Tribunal Supremo de marzo de 2015, esto es, reconociendo la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo pero únicamente hasta el 9 de mayo de 2013. Es decir, una vez declarada la nulidad de la cláusula suelo, los bancos tienen que devolver los intereses desde esa fecha (incrementados con el interés legal del dinero). Esta resolución despeja el escenario y aporta, por fin, seguridad jurídica a todos los afectados. Los ciudadanos de Zaragoza ahora pueden saber con certeza cuánto dinero podrán recuperar de los bancos. Asimismo, en coherencia con las sentencias anteriores la cláusula suelo según la Audiencia Provincial de Zaragoza ha de cumplir varios requisitos para que pueda declararse nula como son:

  • Transparencia
  • Información

Por ello, y dado que en la mayoría de los casos no se cumplieron dichos requisitos por los bancos, la mayoría de las sentencias reconocen la nulidad de la cláusula, lo que está provocando que sean los bancos quienes toman la iniciativa para evitar la vía judicial llegando a un acuerdo con el cliente.

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2019-07-30T15:33:10+00:00